Guías prácticas1 julio 2026· Actualizado el · 10 min de lectura

13 errores que descalifican tu oferta en SECOP II

Estos son errores que sacan proponentes de una licitación o les hacen perder puntaje. Los explicamos con base en la ley y en las causales de rechazo de los documentos tipo de obra pública de infraestructura de transporte (versión 4). El orden no indica frecuencia.

Los 13 errores

1. No entregar la garantía de seriedad junto con la oferta

Cuando el pliego exige garantía de seriedad, no entregarla junto con la oferta es insubsanable y es causal de rechazo (parágrafo 3 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, adicionado por el artículo 5 de la Ley 1882 de 2018). El valor y la vigencia los fija el pliego conforme al artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015: debe estar vigente desde la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato, y su valor es, por regla general, de al menos el 10 % del valor de la oferta (en los documentos tipo de infraestructura de transporte, el 10 % del presupuesto oficial, con vigencia de 3 meses desde el cierre).

Ojo con la diferencia: si la garantía sí se entregó pero con defectos (valor, vigencia, tomador), Colombia Compra Eficiente ha señalado que en principio es subsanable y la entidad debe requerirte para corregirla (Concepto C-010 de 2021). En mínima cuantía, la entidad es libre de exigir o no garantías.

2. Presentar la oferta después del cierre

Presentar la oferta extemporáneamente es causal de rechazo. SECOP II no recibe ofertas después de la hora de cierre, así que empieza el cargue con suficiente margen.

3. No leer todas las adendas

Las adendas modifican el pliego: requisitos, especificaciones, formularios o cronograma. Una oferta preparada con la versión vieja del pliego puede quedar incumpliendo sin que te des cuenta.

4. Capacidad residual insuficiente (obra pública)

En procesos de obra pública debes acreditar una capacidad residual (K residual) mayor o igual a la capacidad residual del proceso de contratación, que no es el presupuesto oficial a secas: es el presupuesto oficial menos el anticipo o pago anticipado, y si el plazo supera 12 meses se ajusta a un año de ejecución. Además, en los documentos tipo, no informar todos los contratos que tengas en ejecución antes del cierre es causal de rechazo. Más detalle en la guía de K residual.

5. Experiencia mal acreditada

En los documentos tipo de infraestructura de transporte, los contratos que aportas como experiencia deben estar terminados antes del cierre y relacionados en el formato de experiencia con su número consecutivo en el RUP. No se exige que estén liquidados. Si un contrato que ya existía al cierre quedó mal soportado, en principio puedes subsanar; lo que no puedes es aportar experiencia obtenida después del cierre.

6. RUP sin firmeza o sin renovar

En los documentos tipo es causal de rechazo que la inscripción en el RUP (la primera, o la que se hace cuando cesaron sus efectos) no esté en firme a la fecha de cierre, o no haber presentado la renovación a más tardar el quinto día hábil de abril. Consulta nuestra guía del RUP.

7. Oferta económica por encima del presupuesto oficial

Si el valor total de tu oferta (o el que resulte tras la corrección aritmética) supera el presupuesto oficial, la oferta se rechaza.

8. Modificar el formulario de presupuesto o pasarte en el AIU

En los documentos tipo es causal de rechazo cambiar los ítems, descripciones, unidades o cantidades del formulario de presupuesto oficial, y ofrecer un AIU cuya suma supere el porcentaje máximo fijado por la entidad. Llena el formulario tal como lo entrega la entidad.

9. Precio artificialmente bajo sin justificación

Cuando una oferta parece artificialmente baja, el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015 obliga a la entidad a pedirte que expliques el valor. Si no respondes o la explicación no convence al comité evaluador, la oferta se rechaza. La norma no fija un porcentaje: cada entidad lo analiza con su estudio del sector y puede apoyarse en la guía de Colombia Compra Eficiente sobre ofertas artificialmente bajas. Como referencia interna, el Simulador económico de LIDECOL marca con advertencia las ofertas por debajo del 80 % del presupuesto oficial; no es un umbral legal, es una señal para que tengas lista tu justificación de precios.

10. No responder a tiempo un requerimiento de subsanación

Si la entidad te pide subsanar un requisito habilitante y no lo haces dentro del plazo, o lo haces de forma incorrecta, la oferta se rechaza. El límite legal es el término de traslado del informe de evaluación (en los documentos tipo de infraestructura de transporte, cinco días hábiles contados desde el día hábil siguiente a la expedición del informe). Más en la guía de subsanabilidad.

11. Participar en más de una oferta en el mismo proceso

Es causal de rechazo que una misma persona natural o jurídica, o un integrante de un proponente plural, presente o haga parte de más de una propuesta en el mismo proceso (o en el mismo lote, si el proceso tiene lotes).

12. Objeto social que no permite ejecutar el contrato

Si el objeto social del proponente o de alguno de sus integrantes no le permite ejecutar el objeto del contrato, la oferta se rechaza. Revisa el certificado de existencia y representación legal de cada integrante antes de armar un consorcio o una unión temporal (ver consorcio vs. unión temporal).

13. Ofertar desde un usuario de SECOP II distinto al del proponente plural

En los documentos tipo de infraestructura de transporte es causal de rechazo que la oferta de un consorcio o unión temporal se presente con un usuario de SECOP II diferente al del proponente plural. Crea la cuenta del consorcio o la unión temporal con tiempo.

Un error que no te saca, pero te hace perder

Los documentos que otorgan puntaje (incluidos los de desempate) no son subsanables. Si los omites o los presentas incompletos, no te rechazan, pero pierdes esos puntos, y en una licitación competida eso equivale a perder el proceso.

Lista de chequeo antes del cierre

  1. ☐ Garantía de seriedad cargada con la oferta, con el valor, la vigencia y el tomador que pide el pliego.
  2. ☐ Todas las adendas leídas y aplicadas.
  3. ☐ Capacidad residual mayor o igual a la capacidad residual del proceso (obra pública) y todos los contratos en ejecución informados.
  4. ☐ Experiencia con contratos terminados antes del cierre e inscritos en el RUP.
  5. ☐ RUP en firme y renovado.
  6. ☐ Oferta económica sin superar el presupuesto oficial, con el formulario sin modificar y el AIU dentro del máximo.
  7. ☐ Justificación de precios lista si tu oferta es agresiva.
  8. ☐ Documentos de puntaje completos desde la oferta.
  9. ☐ Verificación aritmética doble.
  10. ☐ Oferta cargada desde la cuenta correcta y con margen antes del cierre.

Cómo te ayuda LIDECOL

El Auditor IA revisa los formatos de tu oferta contra el pliego en procesos con documentos tipo de infraestructura de transporte y de infraestructura social, y te da un veredicto CUMPLE / SUBSANABLE / NO CUMPLE por requisito, con la página del pliego donde está. Es una función de pago: incluye 3 auditorías al mes en el plan Plus, 7 en el plan Pro, o puedes comprar una auditoría suelta.

Preguntas frecuentes

¿Se puede subsanar cualquier error?

No. La regla general (parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, modificado por la Ley 1882 de 2018) es que los requisitos que no asignan puntaje se pueden subsanar hasta el término de traslado del informe de evaluación (salvo reglas propias de mínima cuantía y subasta). Lo que no se puede: mejorar o completar aspectos que otorgan puntaje, acreditar circunstancias ocurridas después del cierre y entregar la garantía de seriedad si no se presentó junto con la oferta.

¿No entregar la garantía de seriedad es siempre causal de rechazo?

Cuando el pliego exige la garantía, no entregarla junto con la oferta es insubsanable y causa el rechazo (parágrafo 3 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, adicionado por la Ley 1882 de 2018). Si la entregaste pero con errores, por ejemplo en el valor o la vigencia, en principio la entidad debe pedirte que la corrijas. En mínima cuantía la entidad es libre de exigir o no garantías.

Si me rechazan la oferta, ¿cómo la defiendo?

Durante el traslado del informe de evaluación puedes presentar observaciones para controvertir el rechazo y aportar lo que se pueda subsanar. Si la entidad mantiene su decisión y adjudica a otro, el acto de adjudicación no tiene recursos en la vía administrativa y es irrevocable salvo las excepciones del artículo 9 de la Ley 1150 de 2007; la vía para discutirlo es una demanda ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

¿Cómo evito estos errores en la práctica?

Con una lista de chequeo construida a partir del pliego y sus adendas, y con doble revisión antes de cargar. Si te presentas a procesos con documentos tipo de infraestructura de transporte o social, el Auditor IA de LIDECOL (planes Plus y Pro, o auditoría suelta) revisa los formatos de tu oferta contra el pliego y te indica qué cumple, qué es subsanable y qué no cumple, con la página donde está el requisito.

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